El secretario del Congreso Nacional, Tomas Zambrano, salió al paso de la desinformación malintencionada que se maneja en grupos específicos del país sobre la interpretación aprobada por el Congreso Nacional sobre las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE).
Según lo manifestado por el diputado de Valle, las ZEDE NO se convierte en “un Estado dentro del Estado Hondureños, y dejar claro que ellos tienen un control jurisdiccional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ)”
La interpretación aprobada -agregó- es en el artículo 6 de la Ley del Impuesto Sobre la Venta en el sentido que la taza cero es la única tasa impositiva para determinar los tributos correspondientes en compras, adquisición de insumos, bienes y servicios que son utilizados en las ZEDE.
“NO se está reformado ni la Constitución ni la ley orgánica de las ZEDE” -sentenció.
El espíritu de la interpretación y de la ZEDE es que se generen miles de empleos dignos y bien pagados para los hondureños sin importar la educación o clase social y que gocen de los mejores servicios de educación y salud.
“Estamos seguros que el hondureño ya no migrará al extranjero arriesgando sus vidas. Dejamos claros que el 90% de los empleos en las ZEDE serán para hondureños”, dijo Zambrano.
Lo aprobado en CN
Estas claras normas consisten en el establecimiento de los procedimientos para la aplicación de beneficios arancelarios, fiscales y aduaneros en las compras locales o nacionales que se realice este régimen especial o por las empresas operen en el mismo.
Entre las normas aprobadas están:
• La tasa cero es la única tarifa impositiva que corresponde aplicar para determinar los tributos correspondientes en la compra o adquisición de insumos, bienes o servicios en el mercado nacional que son incorporados o utilizados en la producción de bienes o servicios exportados por las ZEDE
• Las compras y adquisiciones en el mercado nacional de insumos, bienes y servicios hechas por empresas de la construcción, la agricultura, el turismo, vivienda y manufactura que operen dentro de una ZEDE tienen el mismo tratamiento de tasa cero
• Las empresas en las ZEDE no gozarán del crédito fiscal o la devolución por el pago de impuestos en la compra de insumos o servicios incorporados o utilizados en la producción de los bienes exportados, por no pagar impuesto alguno
• Por tener una consideración de extraterritorialidad, para fines fiscales y aduaneros a las ZEDE se les considerará Zonas Francas
Según lo expuesto en el dictamen del decreto, era necesario la aprobación de estas normas ya que en el país se regula los diferentes regímenes especiales autorizados, sin embargo, existen vacíos de aplicación de ley para algunas operaciones y actos que desarrollan las empresas que operan bajo regímenes especiales, en este caso específico el régimen ZEDE, situación que amerita ser establecida claramente, eliminando la discrecionalidad mediante normas claras que garanticen seguridad jurídica.
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