Presidente Hernández socializa mecanismos temporales de alivio para atender el impacto económico ante crisis por coronavirus

Presidente Hernández socializa mecanismos temporales de alivio para atender el impacto económico ante crisis por coronavirus

El presidente Juan Orlando Hernández socializó en cadena nacional de radio y televisión los mecanismos temporales de alivio para atender el impacto económico ante la crisis por el coronavirus.

El mandatario detalló los beneficios que recibirán miles de hondureños afectados en su bolsillo por la emergencia sanitaria y reiteró su llamado a la población a tomar las medidas preventivas para poder contener la propagación del virus, sobre todo, quedarse en sus casas:

«Sé que una de sus mayores preocupaciones, además de proteger su salud, es el día a día, su bolsillo, la economía del hogar, cómo pagar las deudas, cómo tener un respiro; por eso hemos creado algunos mecanismos temporales de alivio para hacerle frente a la crisis provocada por el COVID-19»  dijo el mandatario.

Detalló que estos mecanismos de alivio temporales serán un apoyo a los deudores del Sistema Financiero que se vieron afectados por esta emergencia, ahora veamos, aquí están estas medidas, “Mecanismos Temporales de Alivio para Atender el Impacto Económico ante la Crisis del Coronavirus”, ¿Quiénes pueden verse beneficiados de estos mecanismos temporales de alivio? Es decir ¿Para quiénes va dirigido? ¿Por quiénes hicimos esto? Personas naturales y personas jurídicas, cuyos flujos de efectivo hayan sido afectados por las medidas tomadas para evitar la propagación del COVID-19.

¿Cuáles son estos beneficios temporales? Mantenimiento de la categoría de riesgo registrada al 29 de febrero del 2020, hasta el mes de octubre del mismo año, otorgamiento del período de gracia hasta el 30 de junio del 2020, ¿Cuáles son los beneficios de los Mecanismos Temporales de Alivio para los deudores afectados? Una vez finalizado el período de gracia se negociarán nuevos planes de pago de acuerdo a la capacidad de pago del deudor mediante operaciones de refinanciamiento o readecuación, ese es su derecho frente a la cooperativa, frente al Banco o frente al ente financiero a quien usted le debe.

Si su fecha de pago es temporada de toque de queda, se ampliará la fecha máxima de pago como mínimo treinta días después; así es de que, y son días calendarios posteriores a la suspensión del toque de queda absoluto, ¿Cuáles son los beneficios de los Mecanismos Temporales de Alivio para los deudores afectados? Prohibición de aplicar cargos por comisiones, interés moratorio, administrativos u otros cargos, los intereses corrientes no pagados podrán ser capitalizados al momento de readecuar o refinanciar la ampliación de la vigencia de los seguros o garantías, cero comisión, no hay recargos explicó.

¿Qué tipo de créditos son sujetos de los beneficios contemplados en los mecanismos temporales de alivio? Todos los deudores cuyo flujo de efectivo se hayan visto afectados, tenemos ejemplos como el caso de la pequeña y mediana empresa, el transporte, la maquila, el sector agrícola, turismo, cualquier otra actividad económica que haya sido susceptibles de afectación.

¿Qué tipo de instituciones financieras pueden otorgar los beneficios contemplados en los mecanismos temporales de alivio? Muy importante, si usted tiene créditos o relación financiera con ellos, organizaciones privadas de desarrollo, financieras, BANHPROVI, instituciones de seguros, sociedades financieras, fondos públicos de previsión, solamente en casos justificados; administradoras privadas de pensiones, oficinas de representación, bancos privados y las cooperativas.

¿Existe un plazo establecido para que el deudor pueda acogerse a los beneficios contemplados en los mecanismos temporales de alivio? No, no existen un plazo, las instituciones financieras deben de aplicar los beneficios a solicitud del deudor afectado o por iniciativa propia y deben formalizar las operaciones de refinanciamiento o readecuación a más tardar el 30 de septiembre del año 2020 y las insisto, deben de hacerlo.

Por eso usted no corra a pagar ahorita si no puede, no se descapitalice, nosotros necesitamos que usted tenga recursos, habrá tiempo al salir de esto, ya es un mandato.

¿Puedo acogerme a los beneficios contemplados en los mecanismos temporales de alivio, si previamente me acogí a un mecanismo de alivio, si ocurrió algo antes? Claro que sí, el deudor podrá adherirse a los beneficios de estos mecanismos temporales de alivio, sin perjuicio que se haya acogido a otro mecanismo temporales de alivio de forma previa.

Pueden mandar sus denuncias o hacer consultas en este correo que ha creado la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, aliviocovid19@cnbs.gob.hn.

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