Tegucigalpa, 16 septiembre de 2020. El Instituto Hondureño del Transporte Terrestre (IHTT), sancionará a los operarios del transporte de pasajeros, que están dentro del programa de pilotaje, que incumplan el protocolo de bioseguridad aprobado por el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (Sinager).
Ley de Transporte Terrestre
El personal de la Inspectoría General del Instituto de Transporte al detectar que los operarios no cumplan con las recomendaciones de bioseguridad y, además, que la unidad no reúna las condiciones requeridas procederán a implementar una sanción.
Como medida se le decomisará la unidad y se le aplicará una sanción administrativa de 2 mil lempiras como lo establece la Ley de Transporte Terrestre por ser considerada una Falta Muy Grave.
Disposiciones
En el caso que los miembros de la DNVT los detengan la sanción será aplicable conforme a lo establecido en la Ley de Tránsito y quedará a disposición si, se le suspende el Salvoconducto que se le otorgó para prestar el servicio.
Asimismo, si los agentes de la FNSTU los requieren por no respetar las disposiciones de las autoridades se exponen que sean sanciones por el Código Penal que indica en el Artículo-186 que establece que por violentar las disposiciones de las autoridades sanitarias y propagar el contagio de una epidemia susceptible afectar a los seres humanos, amerita una pena de seis meses a dos años de cárcel.
Acta de compromiso
Durante el proceso de capacitación los operarios firman un acta de compromiso, donde se les se les hace referencia a las sanciones que se exponen al no cumplir con el protocolo de bioseguridad.
Hasta el momento, el IHTT ha capacitado a más de 20 mil trabajadores del sector como parte del proceso para la reactivación del transporte.
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