Magistrada de Apelaciones: Código Penal vigente no favorece la corrupción

Magistrada de Apelaciones: Código Penal vigente no favorece la corrupción

La magistrada de Apelaciones Penal en San Pedro Sula, Norma Iris Coto, dijo hoy que el nuevo Código Penal en vigencia, prima “el principio de la proporcionalidad y no favorece a la corrupción”.

“La proporcionalidad implica que el delito se castiga conforme a la gravedad de la conducta del procesado y conforme a la agresión que ha hecho a un bien jurídico protegido”, subrayó.

La última vacatio legis de 45 días del nuevo Código Penal venció ayer por lo que entró en vigencia este día, de acuerdo al Congreso Nacional.

Mientras tanto, la juez Coto dijo que “yo lo he estudiado con en el último mes y medio que duró la vacatio legis, en una capacitación fuerte y continua a través de una plataforma virtual en la que nos hicieron exámenes con casos prácticos”.

“De igual manera, hicimos lecturas de jurisprudencia española, se hicieron presentaciones de delitos contra la administración pública y ninguno de ellos quedan con menos penas frente al Código que recién fue derogado”, afirmó.

Lógica

“Lo que sucede es que para entender las penas no se puede bajo las reglas de la lógica popular o reglas de la lógica humana, sino que seguirse los lineamientos de la dogmática penal”, enfatizó.

Explicó que “la dogmática penal es la ciencia que investiga el delito y su comportamiento y hasta donde se puede llegar con la aplicación de ciertas penas”.

No obstante, “estudiosos han llegado a la conclusión que aun aplicando penas altísimas no se ha detenido el terrorismo en Europa ni la asociación ilícita en estos países de América Latina”, sostuvo.

“Finalmente, en España se detuvo el terrorismo, después de un acuerdo suscrito entre el gobierno y los grupos irregulares, igual aquí lo intentó El Salvador con las asociaciones ilícitas”, agregó.

“El Código derogado castigaba la asociación ilícita con 30 años de prisión, por la potencialidad de los delitos que van a cometer los antisociales y eso está fuera del Derecho Penal, según los expertos”, agregó.

“El Derecho Penal castiga los actos ilegales cometido de las personas no los que pueden cometer en el futuro”, sentenció la magistrada Coto en un foro televisivo.

“Es decir, en esa pena no se incluyen la extorsión, homicidios cometidos, el tráfico de drogas, sino que se le agrega en caso que se les compruebe la comisión de los mismos”, enfatizó.

De igual manera, subrayó que “es falso que se suavicen las penas por corrupción en la nueva herramienta jurídica, que el fraude y la malversación pueden ser castigados hasta con 26 años de prisión en algunos casos”.

Dato

CN aprobó el 8 de mayo anterior la vacatio legis de 45 días del Código Penal en vigencia

 

 

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