TEGUCIGALPA, HONDURAS
Honduras quedó nuevamente fuera de los fondos que ofrece la Cuenta del Milenio al aprobar ocho de los 20 indicadores.
La Millenium Challenge Corporation (MCC, por sus siglas en inglés), la institución a cargo de manejar la Cuenta del Milenio informó hoy que el país no está apto para recibir los fondos.
En cuanto al informe emitido este año y que son datos correspondientes al 2022, la MCC reprobó al país en 8 de los 20 indicadores, entre los cuales están corrupción, libertad de información, efectividad gubernamental, tasas de inmunización en salud, gastos en educación primaria, tasas de inscripción de niñas en educación y otras.
La Cuenta del Milenio es un mecanismo de Estados Unidos que permite acceder a recursos no reembolsables y con los cuales se financian infraestructura productiva, programas de mejora de producción y otros que fortalecen la democracia y el estado de derecho.
Cuando estuvo vigente en Honduras financió la carretera CA-5 que comunica Tegucigalpa con San Pedro Sula y un programa de mejora de la producción agrícola.
Medición
La Cuenta del Milenio tiene 20 indicadores y para que un país sea elegible para obtener recursos y otros beneficios de esta iniciativa es preciso que apruebe lo que se denomina tres barreras duras.
La Cuenta del Milenio usa como referentes las evaluaciones e informes de organismos como Banco Mundial, Fondo Monetario Internacional y de organizaciones como Unesco, Fundación Heritage, Freedom House, IFAD, IFC y Unicef, entre otros.
En esta ocasión Honduras no logró aprobar los renglones de: Control de corrupción (9 %), calidad regulatoria (50 %), efectividad del gobierno (6 %), imperio de la ley (9 %), libertad de información (22 %), acceso al crédito (34 %), tasa de vacunación (34 %) y la tasa de finalización de la educación secundaria inferior de las niñas (39 %).
La Junta Directiva de la MCC utiliza los indicadores de políticas para evaluar el desempeño del país en los criterios de elegibilidad de la MCC.
Se considera que un país “aprueba” un determinado indicador si su desempeño es mejor que la puntuación media en su grupo de ingresos o el umbral absoluto. Se considera que un país “aprueba” el cuadro de mando si: “aprueba” al menos 10 de los 20 indicadores; “aprueba” el indicador de Control de la Corrupción; y “aprueba” el indicador de Libertades Civiles o Derechos Políticos.
Incluso después de que un país haya sido seleccionado para la elegibilidad del pacto o la asistencia del programa umbral, la MCC revisa periódicamente el desempeño de las políticas de sus países socios durante el desarrollo y la implementación de un programa compacto o umbral.
Países candidatos: categoría de bajos ingresos
1. Afganistán
2. Angola
3. Bangladesh
4. Benín
5. Bután
6. Bolivia
7. Burundi
8. Cabo Verde
9. Camerún
10. República Centroafricana
11. Chad
12. Comoras
13. Congo, República Democrática del
14. Congo, República del
15. Costa de Marfil
16. Yibuti
17. Egipto
18. Esuatini
19. Etiopía
20. Gambia, La
21. Ghana
22. Guinea-Bisáu
23. Honduras
24. India
25. Kenia
26. Kiribati
27. Kirguistán
28. Laos
29. Líbano
30. Lesoto
31. Liberia
32. Madagascar
33. Malaui
34. Mauritania
35. Micronesia, Estados Federados de
36. Mongolia
37. Marruecos
38. Mozambique
39. Nepal
40. Níger
41. Nigeria
42. Pakistán
43. Papúa Nueva Guinea
44. Filipinas
45. Ruanda
46. Santo Tomé y Príncipe
47. Senegal
48. Sierra Leona
49. Islas Salomón
50. Somalia
51. Tayikistán
52. Tanzania
53. Timor Oriental
54. Ir
55. Túnez
56. Uganda
57. Ucrania
58. Uzbekistán
59. Vanuatu
60. Vietnam
61. Yemen
62. Zambia
Un país será un país candidato en la categoría de bajos ingresos para el año fiscal 2024 si:
Tiene un ingreso per cápita que no es mayor que el umbral de país de ingreso medio bajo del Banco Mundial para dicho año fiscal ($4,465 ingreso nacional bruto per cápita para el año fiscal 2023);
Está entre los 75 países identificados por el Banco Mundial como de menor ingreso per cápita; y
No es inelegible para recibir asistencia económica de los Estados Unidos bajo la parte I de la Ley de Asistencia Exterior de 1961, según enmendada (la Ley de Asistencia Exterior), en razón de la aplicación de la Ley de Asistencia Exterior o cualquier otra disposición legal.
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