Tegucigalpa, 13 de julio. El gerente se Asesoría Legal del Consejo Hondureño de la Empresa (Cohep), Gustavo Solórzano, explicó que no se requiere reformas al Código del Trabajo para ampliar el periodo de suspensión laboral.
La Secretaría de Trabajo solicitará al Consejo Económico Social (CES), en la reunión de este día, que dicho periodos sea ampliado por dos meses más.
Eso en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19, protegiendo los puestos de trabajo de miles de hondureños.
“No se necesita hacer reformas al Código del Trabajo para ampliar el periodo de suspensión laboral, recordemos que la causa que motivó la suspensión de los contratos es la fuerza mayor provocada por la restricción de la movilidad”, dijo.
“A raíz esto, y porque la causa persiste, la suspensión de los contratos, lo único que tiene que hacerse es ampliarse”, indicó.
Aclaró que “el periodo de los 120 días no aplica en atención a lo que es la fuerza mayor que está establecida en el artículo 100, numeral 2, porque hace referencia a otras causas, a aspectos económicos de las empresas”.
“En el caso de la fuerza mayor, en este caso la pandemia, y el decreto que ha motivado la restricción de la movilidad de las personas, y también de las operaciones de las empresas, como aún se mantiene vigente, lo único que tiene que hacer las empresas es ampliar el periodo de suspensión, por el tiempo que dura la suspensión de las garantías constitucionales”, señaló.
Acciones
En ese sentido, expreso que “la Secretaría de Trabajo, lo único que tiene que hacer es crear un procedimiento claro de cómo debe de ser la presentación de la solicitud de la suspensión que se va a presentar tres días después de que finalice la causa que motivó la suspensión de los contratos”.
“Ese es el procedimiento que hay que seguir y somos del criterio de que no se requieren reformas en el Congreso Nacional ni en el Código del Trabajo”, reiteró.
Unos 150,000 trabajadores fueron suspendidos por las empresas en los últimos cuatro meses, esto en el marco de la emergencia por el COVID-19.
Estos trabajadores han estado recibiendo una Aportación Solidaria de 6,000 lempiras mensuales, por parte del Régimen de Aportaciones Privadas (RAP), la empresa para la que laboran y el Estado.
Quedará a disposición de cada empresas si amplia a sus trabajadores el periodo de suspensión, o despiden a los empleados porque no tienen capacidad de seguirse sosteniendo.
Dato
-Este día, el CES determinará si se amplía el periodo de suspensión de contratos laborales
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