Entró en vigencia en Colombia la ley ‘dejen de fregar’: ya no podrán llamar a cobrarle o a ofrecerle productos y servicios los domingos y festivos

Entró en vigencia en Colombia la ley ‘dejen de fregar’: ya no podrán llamar a cobrarle o a ofrecerle productos y servicios los domingos y festivos

La nueva ley también le pide al Gobierno crear un “registro de números excluidos”, en donde se podrán inscribir los consumidores que no deseen recibir llamadas, mensajes o correos de este tipo o de contacto comercial y publicitario

Colombia. A partir de hoy entra en vigencia la Ley 2300 de 2023, conocida como ‘dejen de fregar’, con la cual los bancos y otras instituciones que realicen cobranzas tienen prohibido llamar a sus clientes y deudores fuera del horario laboral, así como domingos y festivos.

Esta norma regula la periodicidad, los canales y los horarios en que estas entidades pueden contactar a los usuarios para temas relacionados con cobranza.

De esta manera, por un lado, se limitan los horarios en los cuales las entidades financieras y de comercio en general pueden contactar a sus usuarios; y, por el otro, se le pide al Gobierno nacional que cree un “registro de números excluidos”, en el que se puedan inscribir los consumidores que no deseen recibir llamadas, mensajes o correos de este tipo o de contacto comercial y publicitario.

La nueva ley establece que las empresas del sector financiero y de comercio en general solo podrán contactar a las personas de lunes a viernes entre las 7 de la mañana y las 7 de la noche, y sábados de 8 de la mañana a 3 de la tarde. Los domingos y festivos está completamente prohibido contactarse con los clientes so pena de recibir multas.

Así mismo, esta ley prohíbe contactar a las referencias personales de los clientes, únicamente podrán contactarse con el deudor directamente o con el codeudor. Además, solo se puede contactar una vez al día y mediante un solo canal dentro de la misma semana, aplicando las restricciones de horario a las que obliga la ley.

Por otra parte, las entidades que se dediquen a actividades de cobranza ya no podrán preguntarles a los deudores los motivos por los cuales haya incumplido con los pagos. Sin embargo, se le sugiere a los usuarios expresar las razones de los incumplimientos, como desempleo, calamidades, reducción del poder adquisitivo, debido a que eso permitiría a la entidad ofrecer algún tipo de solución.

De todas formas, la normativa tiene algunas excepciones: solo se permitirá contactar a los usuarios fuera de los horarios establecidos en caso de que se trate de confirmaciones oportunas de operaciones monetarias, alerta de transacciones fraudulentas o información sobre ahorros y cesantías que haya sido solicitada por el usuario.

Aquella iniciativa fue presentada por el representante Juan Carlos Wills, que el día que la norma pasó a sanción presidencial, expresó su alegría en un video que publicó en redes sociales “Hoy entra en vigencia nuestra ley ‘dejen de fregar’, para que los bancos, las entidades financieras que se dedican al recaudo, las empresas de servicios públicos, las empresas de telefonía móvil no estén llamando a los colombianos en horarios no hábiles. Ya no los estarán llamando los sábados, ni los domingos, ni los festivos”, indicó.

Así mismo, el senador Alfredo Deluque Zuleta, del Partido de la U, ponente y conciliador, explicó que para la nueva ley se llegó a acuerdos con la Cámara de Representantes con base en lo ordenado por la Corte Constitucional. “Este proyecto, que hemos llamado ante la opinión pública ley ‘dejen de fregar´, es una iniciativa que busca tener normas lo suficientemente claras, para aquellas personas que tienen deudas con el sistema financiero o cualquier tipo de entidad, tengan a su vez respeto a su integridad y dignidad personal y regulemos las horas y forma de contacto que deben ser”, explicó el congresista Deluque Zuleta.

Según datos de la Superintendencia Financiera recogidos por el diario La República, actualmente hay un repunte del 56,17% en el número de morosos con cartera vencida en los créditos de consumo. En el segundo trimestre de 2023, el porcentaje de saldos en mora de 60 días o más llegó al 5,4%. De igual forma, el porcentaje de consumidores con retrasos en sus pagos de 60 días o más alcanzó el 11,4%.

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