Delitos contra el honor tienen menor carga punitiva en el nuevo Código Penal 

Delitos contra el honor tienen menor carga punitiva en el nuevo Código Penal 

Tegucigalpa. El experto en Derecho Penal, Jaime Banegas, reiteró hoy que los delitos contra el honor tienen menor carga punitiva en el nuevo Código Penal que entrará en vigencia el 25 de junio.

Hoy se celebra el Día del Periodista en Honduras de una forma atípica debido a la situación que se vive por la pandemia del Covid-19 pero las autoridades del gremio no han desaprovechado la oportunidad para pedir la despenalización de los delitos contra el honor contemplados en el nuevo código.

«Se ha mencionado que los delitos contra el honor, que siempre han existido en la legislación hondureña y están en América Latina en cualquier Código Penal, se criminaliza la libre expresión del pensamiento consignada en la Constitución de la República, se dice que hay un ensanchamiento de la estructura penal para perseguir delitos contra el honor, tal condición no es cierta», dijo banegas.

Agregó que «lejos de eso, si hacemos una comparación de los delitos contra el honor en el actual Código Penal que está vigente hasta hoy, efectivamente podemos ver que en la actualidad la injuria, la calumnia, la difamación constitutiva de ambos tipos penales tienen un reproche penal, no digo severo, pero si de imposición de cárcel».

En ese sentido, el experto penalista comentó que con el nuevo código el verdadero reto fue asumir que el honor es un bien jurídico protegido y por ende merece tutela efectiva del Estado.

«¿En qué sentido protegemos el honor?, mi derecho al honor solo puede ser colisionado si yo lo permito, es un derecho personalísimo, solo los seres humanos tenemos honor, poseemos dignidad; las sociedades mercantiles poseen fama comercial», explicó.

A lo anterior sumó que «¿qué  significa esto?, que un ser humano tiene el derecho a comunicar la verdad, cualquier periodista, pero ¿cuál es límite?, el honor de los ciudadanos, el honor individual de cada uno de nosotros».

Sin embargo, expresó que si se denuncia una acción criminal, esta debe tener una carga probatoria para demostrar que lo es.

Al mismo tiempo, recordó la derogación del artículo 28 de este nuevo Código Penal que hizo el Congreso Nacional, el cual se refería a la forma escalonada de perseguir estos tipos de delitos contra el honor.

«Ese es un tema que ha sido superado totalmente y hemos llegado a un acuerdo con el Colegio de Periodistas; el presidente del Congreso ha sido muy claro y sometió a discusión de la Cámara, precisamente la derogatoria del este artículo», señaló.

No obstante, sostuvo que los demás artículos que tienen que ver con los delitos contra el honor continúan en el cuerpo legislativo tal como estaba dispuesto antes de esta derogatoria.

«Así pues un valor importante que debo aclarar es que las penas consignadas para la injuria y la calumnia son temas que no merecen prisión, no como actualmente que tienen un rango de penas bastante elevadas a nuestro gusto», comparó.

Añadió que «realmente no persiguen el propósito de una política criminal coherente y repito, del principio de proporcionalidad de las penas relacionados con los delitos».

«En resumen, los delitos contra el honor tienen menor carga punitiva, se derogó totalmente el artículo 28 y aunque existe persecución penal, hay un principio fundamental para el Derecho Penal y que necesita conocer el pueblo hondureño y que tiene un carácter fragmentario», acotó.

En ese orden, detalló que «el Derecho Penal es la última consecuencia, cuando ya yo no pueda arreglarlo por el Derecho Civil, por una conciliación, entonces, voy a utilizar el Derecho Penal y les recuerdo, que la persecución de estos delitos es de carácter privado y que todos estos tipos penales de acción privado son conciliables».

«De manera que si el agresor ofrece disculpas, un perdón, puede ser permitido ahí terminó la acción penal punitiva referido a estas tipologías», concluyó.

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