TEGUCIGALPA, HONDURAS
El cardenal de Honduras, Óscar Andrés Rodríguez Maradiaga, felicitó este domingo a la Corte Suprema de Justicia de Panamá (CSJ) por su reciente fallo relacionado con el matrimonio igualitario, con el cual, dijo, ha «blindado» a este país de «esos errores» de las «ideologías de hoy en día».
«Precisamente, porque me he enterado que aquí la Corte Suprema ha blindado a Panamá de esos errores, quiero felicitarlos», manifestó el purpurado hondureño en una homilía durante una misa realizada por la iglesia católica para celebrar la visita a tierras panameñas hoy hace 40 años del sumo pontífice Juan Pablo II.
El cardenal hondureño alentó a la CSJ a que siga adelante con «la ley de Dios, no la ley de aquellas personas que ofuscadas por no escuchar la palabra de Dios, quieren inventar, quieren inventar lo que no conduce al verdadero amor, sino a la frustración solamente».
Rodríguez Maradiaga indicó además que las sagradas escrituras no han dicho «nada de que se puede casar un hombre con un hombre o una mujer con una mujer (…) no está en el proyecto de Dios».
LA CSJ dijo el 1 de marzo pasado que el matrimonio entre personas del mismo sexo «no tiene categoría de derecho humano y tampoco derecho fundamental», en un fallo en contra de la unión igualitaria.
El fallo indica que «hay una realidad, y es que, hasta ahora, el derecho al matrimonio igualitario no pasa de ser una aspiración que, aunque legítima para los grupos implicados, no tiene categoría de derecho humano y tampoco de derecho fundamental, siendo que carece de un reconocimiento convencional y constitucional».
La decisión judicial declara que no son inconstitucionales la frase «entre un hombre y una mujer», contenida en el artículo 26 del Código de la Familia, ni la expresión «las personas de ese mismo sexo», incluida en el precepto 34, numeral 1, de la misma norma, señaló un comunicado del Órgano Judicial.
De esta forma, la Corte Suprema respondió a demandas presentadas desde 2016 que pedían declarar «inconstitucional» las leyes que impedían reconocer al menos tres casos de uniones entre personas del mismo sexo celebrados en el exterior.
«Las normas que disponen que el matrimonio debe concertarse voluntariamente entre un hombre y una mujer, legalmente capaces para unirse, y hacer, y compartir una vida en común, y las que de manera concomitante prohíben que contraigan matrimonio entre sí personas del mismo sexo están objetiva y razonablemente justificadas en el interés general de dar prevalencia a aquellas uniones con el potencial de instaurar familias, dar continuidad a la especie humana y, por ende, a la sociedad», dijo la magistrada ponente y presidente de la CSJ, María Eugenia López Arias.
El abogado Carlos Ernesto González, que interpuso las demandas a las que responde la Corte, expresó a EFE que desconoce cómo la Justicia panameña pudo señalar que el matrimonio igualitario no es un derecho humano, «esquivando el derecho internacional».
Fue por «ignorancia» o porque no tenían más argumentos para fallar en contra de las demandas de inconstitucionalidad, afirmó el abogado.
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