La Comisión Interinstitucional de Excepciones autorizó este día a todas las farmacias para que atiendan los días martes, jueves y sábados en un horario de 7:00 de la mañana a 12:00 del mediodía.
Los establecimientos estarán disponibles en autoservicio los días antes mencionados y a domicilio todos los días de la semana.
Reglas
1. Se autoriza operar los días martes, jueves y sábados en un horario de 7:00 a.m. a 12:00 meridiano.
2. Los trabajadores de las farmacias deben de cumplir con todas las normas y medidas de bioseguridad dictadas por la Secretaría de Salud y los protocolos de higiene y seguridad de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social.
3. Las farmacias deben de identificar a sus empleados con un carnet y operar con el personal mínimo;
4. Se comprometen a garantizar el transporte de sus empleados de su hogar a la farmacia y viceversa, disponiendo del personal mínimo para operar.
5. Solamente se autoriza la venta de productos farmacéuticos por medio de autoservicio.
6. Las farmacias pueden operar todos los días de la semana para vender productos farmacéuticos a domicilio.
Las farmacias que no cumplan con las indicaciones antes mencionadas serán sancionadas con el cierre de las mismas y la imposición de multas que corresponde.
El Gobierno realizará los operativos de inspección para garantizar que se cumplan las disposiciones.
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