La Sala Primera con Competencia Territorial Nacional en Materia Penal, dicta Sobreseimiento Definitivo para el ciudadano Juan Carlos López, a quién se le suponía responsable de los delitos de Usurpación y Daños en perjuicio de Inversiones Pinares Sociedad Anónima de Capital Variable y el Estado de Honduras, por el caso conocido como Guapinol.
La parte acusadora presentó ante el Tribunal que conoce la causa una Excepción por Falta de Acción debido a que la víctima, en este caso Inversiones Pinares, desautorizó a los entes acusadores seguir con el proceso Judicial. Dicha Excepción fue declarada con lugar, ya que, al no existir una acusación, se extingue la toda acción Penal.
Asimismo, se deja sin valor y efecto las medidas cautelares que se le habían impuesto al ciudadano Juan Carlos López, emitiendo de igual manera su respectiva carta de libertad, esto sin perjuicio de que el encausado tengo otro proceso pendiente en cualquier Juzgado o Tribunal del País.
Los hechos que se le imputaban al ciudadano Juan Carlos se suscitaron en la ciudad de Tocoa Colón, donde se relacionaban aproximadamente a unas de 300 personas, entre ellos el encausado, quienes supuestamente se encontraban con sus rostros cubiertos y portando armas de fuego, machetes y palos se ubicaron en la carretera de tierra varios metros adelante de la aldea Ceibita, quienes utilizando árboles y piedras, obstaculizaban la vía pública impidiendo así que pobladores residentes en el lugar, aldeas aledañas que conducen a los predios de la empresa en mención y empleados de dicha empresa pudieran transitar a sus lugares de origen.
El requerimiento también refería que durante las protestas los manifestantes obligaban a bajar de sus automóviles y motocicletas a las personas que transitaban por el lugar a fin. que estos los apoyaran con sus protestas en contra de las operaciones de la Empresa Inversiones Pinares.
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